¿Qué es la vigilancia profunda?
La vigilancia profunda es un programa de regularización y cobro “ágil” de impuestos, implementado por el Sistema de Administración Tributaria (SAT) para eficientar su recaudación.
Es una forma de cobro persuasivo que se realiza a través de invitaciones al contribuyente para que regularice sus obligaciones fiscales. Las ventajas que ofrece este programa a la autoridad es que, ante la imposibilidad de iniciar facultades de comprobación (revisión formal) a todos los contribuyentes a los que les detecta irregularidades, le permite en un tiempo breve, entrevistarse con el contribuyente, exponer las inconsistencias detectadas y solicitar que sean desvirtuadas o autocorregidas, ahorrándose el SAT el tiempo y personal que requeriría para realizar una revisión detallada.
¿En qué consiste?
El contribuyente recibe en su buzón tributario un “oficio-invitación” de vigilancia profunda en el que el SAT, a través de la Administración General de Recaudación, le comunica que ha detectado ciertas omisiones o inconsistencias en su pago de impuestos, por lo que cita al contribuyente, ya sea de manera presencial o virtual, a una entrevista para atender esas irregularidades.
En su oficio, la autoridad señala de manera general las inconsistencias detectadas y los ejercicios fiscales a los que corresponden. Le indica al contribuyente un plazo muy reducido para efectuar la entrevista, por lo que el contribuyente generalmente no va acompañado, ya sea por un contador o abogado fiscalista, para que le asesore sobre cómo desenvolverse en la entrevista y defender sus derechos como contribuyente.
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¿Debo acudir a la entrevista?
No es obligatorio asistir y no hay sanción establecida en la ley, sin embargo, lo más recomendable es presentarse a la entrevista para conocer a detalle las inconsistencias observadas por la autoridad y, en la medida de lo posible, aclarar la situación en esa instancia (cuando todavía es invitación), a fin de evitar que la autoridad inicie sus facultades de comprobación, la imposición de multas, la cancelación de sellos, etc.
Previo a la entrevista
Es muy importante que, previo a la entrevista, el contribuyente haga un análisis sobre las irregularidades detectadas en el oficio de vigilancia profunda; estas generalmente versan sobre las diferencias entre lo declarado por el contribuyente y los comprobantes fiscales (CFDIs) emitidos y recibidos, la omisión de pagar impuestos o presentar declaraciones o comportamientos atípicos, entre otros.
Durante la entrevista que sostendrá el contribuyente con las autoridades hacendarias le darán más detalles de las irregularidades, sin embargo, siempre es mejor llegar preparado a la entrevista con una autoevaluación que le brinde al contribuyente un panorama general sobre las dimensiones reales de sus inconsistencias.
Asimismo, es importante confirmar la asistencia a la entrevista; en el caso de que la entrevista sea virtual, enviar escaneados los documentos que acrediten la personalidad del contribuyente al correo señalado en el oficio y descargar el programa Teams.
La entrevista
Ya sea que la entrevista sea virtual o presencial, el contribuyente debe acreditar su personalidad. En caso de ser persona moral, le requerirán el poder notarial que acredite al representante legal, así como su identificación oficial; en el caso de ser persona física debe presentar su identificación oficial. Es importante mencionar que, si el contribuyente autoriza a personas externas para que lo asesoren en la entrevista, estas también deben presentar su identificación oficial.
Una vez acreditada la personalidad del contribuyente, el escenario es el siguiente: el contribuyente acude a una entrevista en la que la autoridad ya realizó su tarea, es decir, ya cuenta con los cruces de información que arrojan sus bases de datos en los que se advierten inconsistencias y las tendencias de los últimos 5 ejercicios fiscales. Estas discrepancias serán expuestas al contribuyente, por lo que es de suma relevancia que este tome nota, solicite una copia de la información que le exponen y exprese sus dudas.
¿Qué hacer?
La autoridad dará al contribuyente un plazo de 10 días hábiles para que se autocorrijan o desvirtúen las inconsistencias, plazo que en la mayoría de los casos es insuficiente, considerando que la autoridad puede detectar inconsistencias en los últimos 5 ejercicios fiscales. En la mayoría de los casos las administraciones otorgan una prórroga o se conforman con que poco a poco se vaya regularizando el contribuyente (es un proceso no regulado, por lo que cada administración puede tener un criterio diferente).
El contribuyente deberá verificar las inconsistencias señaladas, desvirtuarlas o realizar las declaraciones correspondientes con su pago, todo esto mediante un oficio que deberá entregarse a la autoridad.
En Ibsolutions Group contamos con un equipo de profesionales en el área contable y fiscal, que te puede acompañar durante el desarrollo de la entrevista, verificar las inconsistencias observadas y asesorar para dar respuesta al SAT.